viernes, 20 de enero de 2012

Ayotzinapa, entre el reclamo de justicia y la impunidad

Invitado Raúl Plascencia Villanueva*

Milenio diario, 20 de enero de 2012

No existe justificación para que los días transcurran y todavía no se detenga a los responsables de los graves delitos cometidos en Guerrero; recordemos que el paso del tiempo es lo que más abona a la impunidad.

El pasado 12 de diciembre en la ciudad de Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, ocurrieron diversos hechos que culminaron con la muerte de tres personas, dos de ellas a causa de disparos por arma de fuego y otra más a consecuencia de un incendio provocado en una gasolinera cercana, así como diversas personas lesionadas, detenidas arbitrariamente, e incluso uno torturado, lo cual motivó que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ejerciera por primera vez en su historia la facultad de investigar violaciones graves a los derechos humanos.

Los antecedentes permiten observar problemas añejos, necesidades y, por consecuencia, reclamos no atendidos de un grupo de estudiantes de la Normal Rural Raúl Isidro Burgos, ubicada en Ayotzinapa. Se trata de una institución educativa a la que asisten alrededor de 500 estudiantes bajo la modalidad de internado; en su mayoría son jóvenes con la aspiración de ejercer la docencia en las comunidades rurales más marginadas de la entidad. Esta escuela, a pesar de su larga tradición, ha padecido una situación adversa marcada por los recortes presupuestales y una falta de priorización del modelo de educación rural.

Cada año los estudiantes presentan un pliego petitorio con requisitos mínimos que permitan el funcionamiento inmediato y generar mejores condiciones a futuro. La manifestación realizada el pasado 12 de diciembre tenía como objetivo resolver algunas de esas necesidades propias de la institución educativa; sin embargo, terminó, más que con la solución de un problema, con la generación de algunos de mayor gravedad.

A partir del momento en que ocurrieron los hechos, personal de la Comisión Nacional llevó a cabo diversas diligencias, como la solicitud de medidas cautelares, de informes a las autoridades que participaron en los hechos, así como diversas labores de investigación que permitieran tener una visión objetiva e imparcial de lo ocurrido ese día.

El expediente hasta ahora cuenta con poco más de 10 mil páginas que recogen testimonios, inspecciones oculares, la mayoría de las notas publicadas en los medios de comunicación, así como entrevistas e informes oficiales. La investigación realizada por la Comisión Nacional permite observar cómo aquellos servidores públicos, obligados a cumplir y hacer valer la ley, se apartaron del marco legal e incurrieron en abusos y negligencias.

En este tipo de asuntos, como en todos en los que existen violaciones a los derechos humanos, debe privilegiarse el derecho a la verdad para garantizar a las víctimas y sus familiares el derecho a conocer lo sucedido, pero también a la sociedad, para que se evalúe la manera en que se conducen algunos servidores públicos y puedan tomarse las medidas para orientar de manera adecuada la labor institucional de aquellos que se equivocaron o actuaron deliberadamente, se deslinden las responsabilidades, pero más aún se facilite, en la medida de lo posible, una reparación del daño y acceso a la justicia.

No existe justificación para que los días transcurran y todavía no se detenga a los responsables de los graves delitos cometidos; recordemos que el paso del tiempo es lo que más abona a la impunidad.

Sin lugar a duda, uno de los grandes retos que enfrentan las instituciones de procuración de justicia en el mundo es vencer la impunidad, cuya responsabilidad no sólo recae en ellas, sino que debe estar a cargo de todos nosotros, ya que al tolerar las deficientes investigaciones nos volvemos cómplices pasivos de su actuar.

Es evidente la existencia de obstáculos difíciles, pero no imposibles de superar, como lo es la indebida preservación del lugar, la falta de información a cargo de la autoridad, así como una inadecuada supervisión de los elementos que participaron ese día; sin embargo, ninguno de ellos justifica que a la fecha no se hubieran determinado las responsabilidades penales, civiles y administrativas contra aquellos que con sus acciones y omisiones causaron de manera directa o indirecta la muerte de tres personas, así como múltiples heridos.

Vale recordar que los estándares internacionales son claros en el sentido de la obligación de adoptar medidas para impedir que los mismos funcionarios policiales o judiciales (jueces o ministerios públicos) involucrados directamente en los operativos estén a cargo de investigar irregularidades o abusos cometidos en su desarrollo, ya que de no ser así la imparcialidad y objetividad de las investigaciones suele verse comprometida.

Reprimir una manifestación pública en la cual se formulan planteamientos legítimos o no a la autoridad mediante el uso de las armas de fuego constituye un episodio que parecía superado en el México del siglo XXI y que no encuentra justificación alguna, ni legal ni política y mucho menos social. Responder con balas a los reclamos sociales no es la alternativa de un país en busca de su consolidación democrática.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha recomendado la implementación de mecanismos para prohibir de manera efectiva el uso de la fuerza letal como recurso en las manifestaciones públicas, la implementación de sistemas de registro y control de municiones, la implementación de un sistema de registro de las comunicaciones para verificar las órdenes operativas, sus responsables y ejecutores; la promoción de la identificación personal con medios visibles de los agentes policiales que participen de los operativos de control de orden público.

De igual forma, la promoción de espacios de comunicación y diálogo previo a las manifestaciones, y la actuación de funcionarios de enlace con los manifestantes, para coordinar el desarrollo de las acciones de manifestación y protesta y los operativos de seguridad pública evitando situaciones de conflicto; la identificación de responsables políticos a cargo de los operativos de seguridad en las marchas, en especial cuando están programadas o conflictos sociales prolongados, o circunstancias que hagan prever riesgos potenciales para los derechos de los manifestantes o terceras personas, a fin de que estos funcionarios estén encargados de controlar el operativo en el terreno y hacer cumplir estrictamente las normas sobre uso de la fuerza y comportamiento policial.

Lo anterior nos permite advertir que el trabajo de las instancias encargadas de prevenir, investigar y sancionar los delitos deben actuar siempre de manera diligente en el esclarecimiento de los hechos, y someter sus resultados al escrutinio de la opinión pública, máxime en hechos tan graves como los presentes, en donde la sociedad debe ser puntualmente informada de las conclusiones a las que se arribe como medio para resarcir las graves afectaciones a las que se ha visto expuesta, y de ninguna manera tolerar que se cometan abusos por parte de aquellos a los que les corresponde protegernos.

La investigación realizada y el informe preliminar de la CNDH buscan contribuir en el esclarecimiento de la verdad histórica, así como identificar las fallas y deficiencias institucionales en las que se incurrió, con el objetivo fundamental de evitar que circunstancias como éstas puedan repetirse, y en la medida de lo posible reparar el daño ocasionado a las víctimas, aun cuando la vida es imposible de recuperar, al menos debe hacerse todo lo posible por evitar que los graves delitos ahí cometidos queden en la impunidad.

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*Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

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